Ante ustedes se presenta una obra singular porque es el primer compendio de normativa autonómica en materia de mediación que ve la luz en nuestra Comunidad. Los fríos textos legales son animados además por la vigorosa descripción de los procedimientos de mediación, desde su inicio hasta la ejecución de los acuerdos alcanzados, lo que convierte esta obra en imprescindible para cualquier estudioso de la mediación. La pregunta que quizá surja es, ¿realmente la mediación merece todo este esfuerzo? Déjenme decirles, desde la perspectiva egoísta de alguien que ha ejercido la jurisdicción durante más de dos décadas, que cualquier institución que ceda a la autonomía de la voluntad llegar a la solución de sus conflictos ha de ser atendida, porque ello devuelve al ser humano el valor, la verdad y la lucidez. La mediación permite resolver el conflicto a través del acuerdo querido por las partes, nacido de sus necesidades y capacidades, y, por tanto, fácilmente asumido por ellas, lo que pacifica la relación, de modo que en el futuro las decisiones que habrán de tomar conjuntamente estarán basadas en la colaboración y la cooperación en lugar de estar lastradas por el enfrentamiento y la litigiosidad propios de la solución meramente jurisdiccional, algo esencial para la protección de la familia y, sobre todo, de sus miembros más débiles.
La mediación, considerada en nuestra Ley autonómica como un Servicio Social, forma parte de algo mucho más amplio, uno de nuestros más bellos tesoros, lo que se ha denominado la cultura de la paz. No hay justicia sin paz, ni puede haber paz sin justicia. Paz y justicia, derechos complementarios, inalienables e irrenunciables. Como escribió el genial SAINT-EXUPÉRY, Si queremos un mundo de paz y de justicia hay que poner decididamente la inteligencia al servicio del amor (El principito). Nada más que añadir, el reto está lanzado, a todos nosotros, a nuestra inteligencia, a nuestra capacidad de crear un mundo mejor.
ANA CARRASCOSA MIGUEL Magistrada Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial Valladolid, 8 de abril de 2013
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