Este libro pretende contribuir a un entendimiento del problema de la violencia contra las mujeres en las relaciones de pareja, realizar una crítica de la actuación del sistema penal y aportar una reflexión acerca de la Ley Orgánica de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG). Desde una perspectiva criminológica, la interpretación de la violencia ejercida contra la mujer en las relaciones de pareja se ha simplificado excesivamente en el discurso feminista oficial. De un análisis individualista, que enfatizaba la patología del hombre que maltrata, se ha pasado a un discurso que pretende explicarlo todo recurriendo a la desigualdad de géneros. Frente a este discurso, comprender los distintos factores de riesgo que afectan a los diversos colectivos de mujeres es crucial para diseñar estrategias de prevención específicas y adoptar las medidas de política social necesarias. La lucha contra la violencia a las mujeres se ha desarrollado en gran medida recurriendo al derecho penal. Sin embargo, el derecho penal no sólo no «empodera» a las mujeres, sino que la excesiva intervención del sistema penal acaba redundando en perjuicio y, en ocasiones, en el castigo de las propias mujeres. Para evitar estas consecuencias es crucial reflexionar sobre qué quiere la mujer que acude al sistema penal y diversificar las respuestas que se ofrecen. A pesar de su carácter integral, la discusión en torno a la LOVG ha terminado versando sobre la tutela penal y la pregunta recurrente es la de «qué se opina del artículo que castiga con pena más severa al hombre que pega a su mujer pareja», y si ello «vulnera el principio de igualdad ». Pero, al margen de la controversia intelectual, hay que analizar los beneficios prácticos de esta regulación.La LOVG prosigue la vía de intensificar las penas, pero también pretende una aproximación integral al problema de la violencia contra las mujeres. Por ello, se examina las distintas opciones que esta ley ha adoptado y se defiende la necesidad de apoyar a los grupos de mujeres de base y el resto de servicios sociales, relegando el derecho penal a un segundo plano.
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